UF0515: Plan General de Contabilidad
Las normas de registro y valoración constituyen la segunda parte del Plan General de Contabilidad y desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en el marco conceptual. Estas normas establecen los criterios y reglas de aplicación a operaciones o hechos económicos específicos, así como a los diversos elementos patrimoniales.
El PGC organiza las normas de registro y valoración en 23 apartados que abarcan desde el inmovilizado material hasta los hechos posteriores al cierre del ejercicio, reflejando todos los aspectos económicos y financieros de la actividad empresarial.
Norma | Descripción |
---|---|
1-7 | Inmovilizado material e intangible, inversiones inmobiliarias, activos no corrientes para la venta, arrendamientos. |
8-10 | Instrumentos financieros: activos financieros, pasivos financieros y operaciones de cobertura. |
11-12 | Existencias y moneda extranjera. |
13-18 | Impuestos sobre beneficios, ingresos y gastos, provisiones y contingencias. |
19-23 | Transacciones con pagos basados en instrumentos de patrimonio, combinaciones de negocios, operaciones entre empresas del grupo, cambios en criterios contables y hechos posteriores al cierre. |
El inmovilizado comprende los activos destinados a servir de forma duradera en las actividades de la empresa, incluyendo inversiones inmobiliarias e inmovilizados intangibles. Su registro y valoración está regulado por las normas 2ª a 7ª del PGC.
Son los elementos patrimoniales tangibles, muebles o inmuebles, que se utilizan en la actividad permanente y productiva de la empresa, cuya vida útil es superior a un año.
El inmovilizado material se valorará por su coste, ya sea el precio de adquisición o el coste de producción.
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, se valorará por su:
Las mejoras que aumenten la productividad o alarguen la vida útil se incorporan como mayor valor del inmovilizado.
La amortización es la expresión contable de la depreciación sistemática y efectiva que sufren los elementos del inmovilizado por su funcionamiento, uso y disfrute u obsolescencia.
Método | Descripción | Fórmula |
---|---|---|
Lineal | Se amortiza la misma cantidad cada año durante toda la vida útil. | (Valor adquisición - Valor residual) / Años vida útil |
Degresivo | Mayor amortización en los primeros años. | Coeficiente multiplicador sobre el saldo pendiente. |
Por unidades | Señala la depreciación en función del uso o producción. | (Valor adquisición - Valor residual) * (Unidades producidas / Unidades totales estimadas) |
Las existencias son activos poseídos para ser vendidos en el curso normal de la explotación, en proceso de producción o en forma de materiales o suministros para ser consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.
Las existencias se valorarán por su coste:
Al cierre del ejercicio, se valorarán por el menor entre:
Cuando el valor neto realizable sea inferior al coste, se efectuarán correcciones valorativas, reconociendo un gasto en la cuenta de pérdidas y ganancias.
Cuando se trata de bienes concretos o proyectos específicos, el coste se asigna identificando cada partida individual. Para bienes intercambiables, se aplican métodos de valoración como:
First In, First Out. Asume que los productos en inventario comprados o producidos antes serán vendidos en primer lugar.
Ejemplo: Si compramos 10 unidades a 5€ y después 10 unidades a 6€, las primeras 10 unidades vendidas se valoran a 5€ y las siguientes a 6€.
Se calcula dividiendo el coste total de las existencias entre el número de unidades.
Ejemplo: Si tenemos 10 unidades a 5€ (50€) y 10 unidades a 6€ (60€), el PMP será 110€/20 = 5,5€ por unidad.
Last In, First Out. Las últimas existencias en entrar son las primeras en salir. No admitido por el PGC español ni por las NIIF.
Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero en una empresa y, simultáneamente, a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio en otra empresa. Las normas de registro y valoración 8ª, 9ª y 10ª del PGC establecen los criterios para estos instrumentos.
Incluyen:
Incluyen:
Tipo | Ejemplos | Categoría | Valoración posterior |
---|---|---|---|
Créditos comerciales | Clientes, deudores | Activos a coste amortizado | Coste amortizado |
Inversiones en empresas del grupo | Acciones de filiales | Activos a coste | Coste menos deterioro |
Inversiones con cotización oficial | Acciones cotizadas | Activos a valor razonable con cambios en P y G | Valor razonable |
Deudas comerciales | Proveedores, acreedores | Pasivos a coste amortizado | Coste amortizado |
Préstamos bancarios | Préstamos, créditos | Pasivos a coste amortizado | Coste amortizado |
El impuesto sobre beneficios, regulado en la norma 13ª del PGC, es un tributo de carácter directo que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas. Su contabilización se realiza siguiendo el método del efecto impositivo, que distingue entre:
Es la cantidad a pagar por el impuesto sobre beneficios relativa a la ganancia fiscal del ejercicio. Se calcula aplicando el tipo impositivo a la base imponible del periodo.
Son las cantidades a pagar o recuperar en ejercicios futuros, relacionadas con:
Las diferencias temporarias surgen por discrepancias en el reconocimiento o valoración de activos y pasivos según la normativa contable y fiscal. Se clasifican en:
Tipo | Concepto | Efecto | Registro |
---|---|---|---|
Imponibles | Diferencias que darán lugar a mayores cantidades a pagar o menores cantidades a devolver en ejercicios futuros. | Pasivo por impuesto diferido. | Cuenta 479. Pasivos por diferencias temporarias imponibles. |
Deducibles | Diferencias que darán lugar a menores cantidades a pagar o mayores cantidades a devolver en ejercicios futuros. | Activo por impuesto diferido. | Cuenta 4740. Activos por diferencias temporarias deducibles. |
Las bases imponibles negativas pendientes de compensar fiscalmente dan lugar a un activo por impuesto diferido, siempre que sea probable que la empresa disponga de ganancias fiscales futuras que permitan la aplicación de estos créditos.